El cierre de una EPS puede generar incertidumbre y preocupación entre los usuarios, quienes no saben a qué entidad serán trasladados o cómo accederán a su información clínica.
Según la RESOLUCIÓN 1995 DE 1999 ARTÍCULO 13.- CUSTODIA DE LA HISTORIA CLÍNICA, recae sobre la IPS la responsabilidad de resguardar y proteger la historia clínica de los pacientes. Sin embargo, la transferencia de información entre las entidades prestadoras de salud no siempre es fluida, lo que puede generar pérdida de datos.
LEY 2015 DE 2020 POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA LA HISTORIA CLÍNICA INTEROPERABLE, esta ley regula la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica (IHCE) y como se intercambian los datos clínicos relevantes, tales como documentos y expedientes clínicos.
La Resolución 866 de 2021 establece un marco para la interoperabilidad de la información en el sistema de salud, constituyendo un pilar fundamental para avanzar hacia un sistema más integrado y eficiente.
Bogotá, mayo de 2024. En las últimas semanas, se ha observado un aumento en la preocupación por la situación de las EPS en la población colombiana, especialmente en lo que respecta al impacto que el cierre de una de estas entidades podría causar en la información de los usuarios y la continuidad de su atención médica, generando incertidumbre al no saber a dónde serán trasladados o cómo accederán a sus datos clínicos.
Es importante que la Población en general entienda que desde el año 1999 la Resolución 1995 estableció la custodia y el derecho a acceder a la historia clínica, mientras que La Ley 2015 estableció las condiciones tecnológicas de Interoperabilidad de datos clínicos relevantes entre los diferentes actores del sistema de salud en Colombia. Por tal razón la Historia clínica debe estar disponible y portable para el usuario y cualquier equipo asistencial que la necesite como insumo para la toma de una decisión clínica o terapéutica.
En caso de cierre de una de estas entidades, la Superintendencia de Salud se encarga de asignarle a la población afiliada una nueva, la cual deberá garantizar el acceso a la historia clínica de los usuarios, para que la continuidad de su atención no se vea afectada por el cambio de IPS Primaria en sus procesos de atención. Sin embargo, en la práctica, la transferencia de información entre las EPS y su red adscrita no siempre es fluida, lo que puede generar dificultades para los pacientes al momento de acceder a su historia clínica, la continuidad de sus tratamientos y en el peor de los casos la perdida de sus datos.
“La Resolución 866 de 2021 establece un marco para la interoperabilidad de la información en el sistema de salud, constituyendo un pilar fundamental para avanzar hacia un sistema más integrado y eficiente. En este camino, el fortalecimiento de la atención primaria es crucial para la prevención de enfermedades y la promoción de la salud. El gobierno, por su parte, debe jugar un papel fundamental en la gobernanza del sistema, garantizando la equidad en el acceso a la atención para toda la población”, comenta Andrés Torres, Sales executive de InterSystems Latam.
La interoperabilidad y el desarrollo como herramientas para mitigar el impacto del cierre de las EPS
La implementación de soluciones tecnológicas que faciliten la interoperabilidad entre los sistemas de información de los diferentes prestadores de salud, puede ser una herramienta fundamental para mitigar el impacto del cierre de estas entidades en la atención de los usuarios.
Existen diversas herramientas tecnológicas que, de ser implementadas por el gobierno y las Entidades Prestadoras de Salud, pueden garantizar una atención médica continua y segura para los pacientes, incluso en caso de cierre. Entre las más comunes se encuentran:
1.Historia clínica electrónica Interoperable: Permite que la información médica de los pacientes esté disponible para todos los actores del sistema de salud (EPS, IPS, hospitales, etc.) de manera segura y confiable, independientemente de la EPS a la que estén afiliados. Esto facilita la continuidad de la atención médica, ya que los profesionales de la salud pueden acceder a la información completa del paciente, incluso si cambia de EPS.
2.Visor clínico: Facilita la visualización de la historia clínica de los pacientes por parte de los profesionales de la salud, de manera sencilla y organizada. Esto les permite tener una visión unificada del historial médico de todas las IPS que interoperen y hayan prestado servicios al mismo paciente, lo que les ayuda a tomar mejores decisiones sobre posibles tratamientos.
3.Portal del paciente: Permite que los pacientes accedan a su propia historia clínica de manera electrónica. Esto les da mayor control sobre su información y les facilita el seguimiento de su condición de salud. Además, pueden utilizar el portal para realizar trámites como solicitar citas, autorizaciones o consultar resultados de exámenes.
4.Telemedicina: Permite que los pacientes reciban atención médica a distancia, utilizando tecnologías como videoconferencias o chat. Esto en un país con la complejidad territorial de Colombia es vital, ya que en las zonas remotas con difícil acceso a especialistas puede representar la diferencia entre recibir atención de manera oportuna o no.
“El sistema de salud colombiano enfrenta diversos desafíos, entre los que destacan la falta de interoperabilidad entre los sistemas de información de las diferentes entidades, la baja cobertura en algunas zonas del país y las dificultades para la toma de decisiones basadas en datos. A pesar de estos retos, también existen oportunidades para mejorar el sistema, como la implementación de una historia clínica electrónica unificada, la ampliación de la cobertura a toda la población, el uso de las tecnologías de la información y la comunicación para la toma de decisiones que garantice la calidad y equidad en la atención”, finaliza Torres.